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ANTECEDENTES

El que nos encontremos un local en un estado determinado y lleve así mucho tiempo no significa que todo lo que hay en ese local se haya legalizado y lo podamos usar tal cual para nuestra actividad. Para el ayuntamiento lo único que existe es lo que se ha legalizado a nivel urbanístico.

Es fundamental distinguir ente lo legalizado a nivel urbanístico y lo que está inscrito en el Registro de la Propiedad o aparece en la Ficha del Catastro. Aunque es conveniente consultar estos datos, no implican necesariamente que lo que reflejan esté legalizado.

Por ejemplo, es muy frecuente que el aire acondicionado o el rótulo no estuvieran en la licencia anterior y lo tengamos que legalizar nosotros si los queremos incluir en nuestra actividad. También puede ocurrir que haya alguna obra que no se haya legalizado. En cualquier caso la mayoría de estos casos se pueden solucionar siguiendo las indicaciones que nos de la ECLU durante la tramitación.

Sin embargo, tal y como se refleja en el apartado selección de local, en otras ocasiones para poder saber si un elemento es legal será necesario conocer las licencias anteriores.

En estos casos si no tenemos la licencia anterior podemos solicitarla al ayuntamiento.

ÍndiceCasos en los que es imprescindible conocer la licencia anterior

Entre otros será imprescindible la licencia de la anterior actividad en los siguientes casos:

  • Cuando se quiera modificar una actividad con licencia ya concedida
  • Cuando haya construcciones que invadan el patio interior y que no estén representadas en el parcelario.
  • Cuando haya algún elemento del local que no cumpla la normativa actual y no podamos modificarlo. Por ejemplo techos demasiado bajos, escaleras muy estrechas o muy empinadas, marquesinas, toldos fijos...
  • En locales donde exista una entreplanta y/o un sótano a fin de verificar que estos se realizaron de forma legal. En general es conveniente tener antecedentes de todos los locales de más de una planta.
  • Cuando nuestro local se encuentre en un edificio protegido con fachada o con algún otro elemento de restauración obligatoria sobre el que vayamos a actuar y no nuestra propuesta no sea conforme con la instrucción de criterios generales a aplicar en las solicitudes de licencias urbanísticas en edificios catalogados
  • Cuando solicitemos implantar un uso no permitido en la normativa actual pero que creemos que si que estaba permitido anteriormente.
  • Desafección de dotaciones obligatorias, por ejemplo garajes vinculados, del edificio e incorporación de esos espacios al local.
  • Intervención en usos existentes incompatibles con el planeamiento actual, para verificar que la licencia anterior ya permitía ese uso.
  • Recuperación de usos en edificios catalogados, para justiificar que el uso que se solicita era el original pese a no estar permitido en la actualidad.
  • Cambios de actividad en locales fuera del área de movimiento de la manzana en grados 1º y 3º de la Norma Zonal 1.
  • Para justificar ue el uso anterior era de la misma clase en los casos en los que queramos solicitar que no se nos apliquie la obligatoriedad de hacer que el local cumpla la normativa de accesibilidad.

ÍndiceQué hacer para conocer la licencia anterior

Conocer los antecedentes de un local es uno de los trámites que más puede retrasar la tramitación de un expediente. Además, como se refleja en el apartado selección de local en algunos casos es imprescindible conocerlos para estar seguros de que el local que escogemos es el adecuado.

Para buscar los antecedentes podemos optar por:

  • Pedirle al propietario del local o al último inquilino las licencias anteriores. Si no las tienen al menos nos podrán decir cuáles fueron las últimas actividades desarrolladas en el local, lo que nos facilitará la búsqueda por otros medios. También podemos preguntar a los vecinos o al portero de la finca.
  • Consultarlo por internet a través de la página web del ayuntamiento. Esta aplicación es válida solo para licencias posteriores al año 2005 y solo nos permite verificar si la licencia existe.
  • Acudir a alguna de las Entidades Colaboradoras (ECLU) y pedirles esa información junto con la general de los pasos a seguir.
  • Realizar una solicitud por escrito en cualquiera de los registros municipales de los antecedentes del local. Esta opción no es la más recomendable puesto que puede demorarse.
  • Acudir a nuestra Junta Municipal y solicitar cita con un técnico. En el caso de que la licencia que necesitemos no esté digitalizada en el sistema informático por ser antigua suele estar en las juntas. Esta opción es recomendable solo en caso de que en el AGLA o en la ECLU nos digan que no existe la licencia que buscamos.
  • Acudir al Archivo de la Villa. En este archivo solo nos será útil si necesitamos expedientes muy antiguos, por ejemplo en el caso de fachadas protegidas.

En caso de que tras conocer los antecedentes exista algún elemento que no esté en la licencia anterior y no se pueda legalizar en algunas ocasiones se puede solicitar una infracción urbanística prescrita que nos permita seguir usando ese elemento aunque no reformarlo.

ÍndiceRegistro de la propiedad: nota simple

Si vamos a comprar una propiedad, independientemente de la licencia, nos interesa conocer si esta no tiene ningún tipo de cargas o alguna limitación expresa que nos pueda suponer algún problema o coste extra en el futuro.

Para conocer estos datos podemos solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad. La nota simple es un extracto sucinto del contenido de los asientos relativos a la finca, donde conste la identificación de la misma, la identidad del titular o titulares de los derechos inscritos sobre la misma, y la extensión, naturaleza y limitaciones de éstos. Asimismo, se harán constar las prohibiciones o restricciones que afecten a los titulares o derechos inscritos.

El valor de la nota simple es puramente informativo, es decir no tiene valor en un juicio, si queremos un documento que tenga valor judicial hemos de solicitar una Certificación.

La nota simple la puede solicitar cualquier persona, no es necesario que sea el titular de la propiedad y se puede hacer tanto de forma presencial en las oficinas de Registro situadas en la Calle Alcalá 540 o bien a través de la página web del Registro.

Es importante tener en cuenta que que algo esté inscrito en el registro no implica necesariamente que esté legalizado y viceversa.

ÍndiceConsultas al catastro

El catastro nos sirve para obtener indicios de lo que posiblemente esté legalizado o incluido en el registro de la propiedad. Por ejemplo si una vivienda tiene una entreplanta y su superficie no está incluida en la superficie de la ficha catastral posiblemente no esté legalizada.

Por lo accesible que es el catastro, ya que se pueden consultar fácilmente sus datos a través de la sede digital del catastro, es muy recomendable en cualquier caso revisar los datos que en él se reflejan, pero nunca debemos tomarlos como los datos definitivos de lo que realmente se ha legalizado.

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