El que nos encontremos un local en un estado determinado y lleve así mucho tiempo no significa que todo lo que hay en ese local se haya legalizado y lo podamos usar tal cual para nuestra actividad. Para el ayuntamiento lo único que existe es lo que se ha legalizado a nivel urbanístico.
Es fundamental distinguir ente lo legalizado a nivel urbanístico y lo que está inscrito en el Registro de la Propiedad o aparece en la Ficha del Catastro. Aunque es conveniente consultar estos datos, no implican necesariamente que lo que reflejan esté legalizado.
Por ejemplo, es muy frecuente que el aire acondicionado o el rótulo no estuvieran en la licencia anterior y lo tengamos que legalizar nosotros si los queremos incluir en nuestra actividad. También puede ocurrir que haya alguna obra que no se haya legalizado. En cualquier caso la mayoría de estos casos se pueden solucionar siguiendo las indicaciones que nos de la ECLU durante la tramitación.
Sin embargo, tal y como se refleja en el apartado selección de local, en otras ocasiones para poder saber si un elemento es legal será necesario conocer las licencias anteriores.
En estos casos si no tenemos la licencia anterior podemos solicitarla al ayuntamiento.
Casos en los que es imprescindible conocer la licencia anterior
Entre otros será imprescindible la licencia de la anterior actividad en los siguientes casos:
Qué hacer para conocer la licencia anterior
Conocer los antecedentes de un local es uno de los trámites que más puede retrasar la tramitación de un expediente. Además, como se refleja en el apartado selección de local en algunos casos es imprescindible conocerlos para estar seguros de que el local que escogemos es el adecuado.
Para buscar los antecedentes podemos optar por:
En caso de que tras conocer los antecedentes exista algún elemento que no esté en la licencia anterior y no se pueda legalizar en algunas ocasiones se puede solicitar una infracción urbanística prescrita que nos permita seguir usando ese elemento aunque no reformarlo.
Registro de la propiedad: nota simple
Si vamos a comprar una propiedad, independientemente de la licencia, nos interesa conocer si esta no tiene ningún tipo de cargas o alguna limitación expresa que nos pueda suponer algún problema o coste extra en el futuro.
Para conocer estos datos podemos solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad. La nota simple es un extracto sucinto del contenido de los asientos relativos a la finca, donde conste la identificación de la misma, la identidad del titular o titulares de los derechos inscritos sobre la misma, y la extensión, naturaleza y limitaciones de éstos. Asimismo, se harán constar las prohibiciones o restricciones que afecten a los titulares o derechos inscritos.
El valor de la nota simple es puramente informativo, es decir no tiene valor en un juicio, si queremos un documento que tenga valor judicial hemos de solicitar una Certificación.
La nota simple la puede solicitar cualquier persona, no es necesario que sea el titular de la propiedad y se puede hacer tanto de forma presencial en las oficinas de Registro situadas en la Calle Alcalá 540 o bien a través de la página web del Registro.
Es importante tener en cuenta que que algo esté inscrito en el registro no implica necesariamente que esté legalizado y viceversa.
El catastro nos sirve para obtener indicios de lo que posiblemente esté legalizado o incluido en el registro de la propiedad. Por ejemplo si una vivienda tiene una entreplanta y su superficie no está incluida en la superficie de la ficha catastral posiblemente no esté legalizada.
Por lo accesible que es el catastro, ya que se pueden consultar fácilmente sus datos a través de la sede digital del catastro, es muy recomendable en cualquier caso revisar los datos que en él se reflejan, pero nunca debemos tomarlos como los datos definitivos de lo que realmente se ha legalizado.
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